En caso que se apruebe desarrollar la reformar constitucional, la falta
de representatividad antes comentada y el hecho que la clase política este
objetada en su conjunto, hace necesario ser muy estricto en esta materia.
A modo de ejemplo, para que la definición de los cambios constitucionales tengan legitimidad, se deben elegir constituyentes democráticamente en función de su respaldo ciudadano, en lo posible con las mejores capacidades y que representen la estructura de la población, es decir 60% de personas de regiones y participación acorde a su proporción de pueblos originarios y de género. Se debe respetar especialmente la representatividad de los independientes, que debe reflejar su participación en la población y los inscritos en partidos políticos no deben pretender superar su participación como porcentaje de la población. Sin duda, es difícil lograr conciliar criterios como la elección democrática de constituyentes con el logro de una composición que represente la población, por lo que dejamos esta inquietud sin resolver a nivel de principios, entendiendo que la legitimidad de la constitución depende de la conformación de los participantes.
Algo similar ocurre para representar a los descendientes hasta la cuarta generación de las colonias más numerosas y que han tenido influencia en nuestra historia, lo que es muy necesario para representar la multiculturalidad como identidad país.
Dado el aporte propuesto de las culturas de los pueblos originarios en las secciones de desarrollo exportador y de valores y cultura antes presentados, es fundamental su reconocimiento y preservación de su cultura lo que hace necesario cierto nivel de autonomía para organizarse de acuerdo a sus costumbres. Adicionalmente, como plantea Bernardo Matte "La participación de los pueblos originarios es fundamental en la consolidación de un pacto social sólido y representativo". Propuso garantizar la participación de de pueblos originarios en el Congreso, mediante escaños reservados, elegidos por medio de un padrón especial”, indicando que es deseable que "contemos con representantes de los pueblos originarios, tanto en una futura Convención Constituyente como en la conformación del Poder Legislativo”.
El 12,8 % de los participantes en el censo de 2017 se considera
perteneciente a un pueblo originario (2.185.792 personas). Sólo tres de estos pueblos
originarios representan más de un 0,5% de la población (Mapuches 9,9% son
1.745.147 personas, Aymaras 0,9% con 156,754 personas y Diaguita con 88.474
personas).
Las propuestas existentes para incluirlos en la convención constituyente
son:
- Que
cada partido debe llevar un mínimo de 10% de miembros de algún pueblo
originario en su lista a nivel nacional (UDI),
- Creación
de escaños reservados, considerando la calidad de indígena otorgada por
CONADI, para lo cual se habilitaría un periodo especial para obtener la
condición de indígena y crear un padrón para se inscriban los que tengan
la condición de indígena. La cantidad de escaños reservados se
determinaría conforme a la cantidad de inscritos en forma proporcional
manteniendo la relación de un voto por persona. Los inscritos en el
registro de pueblos originarios no podrán votar en el padrón electoral
general (Evopoli, RN),
- Contar
con 10% de escaños reservados entregando uno a cada uno de los nueve
pueblos indígenas, mientras que el resto se otorgue en forma proporcional
a la cantidad de inscritos que tengan para participar del proceso cada
etnia. con un padrón especial basado en los inscritos en CONADI. Los
inscritos podrían elegir si sufragan dentro de este registro especial o en
las elecciones generales.
El caso neozelandés, tiene un sistema vigente desde 1993 para
inscribirse en la Maorí General Option que permite votar en distritos
especiales para escoger parlamentarios de pueblos originarios para los cupos
reservados, teniendo la opción de votar en las elecciones generales en que
también pueden competir candidatos indígenas (de hecho el 25% de los candidatos
son maories, lo que motivo que en 2008 el porcentaje de legisladores maories
electos llegó a un 18% con 22 de 120 escaños según informe de ONU. La cantidad
de cupos por elegir bajo la Maori Electoral Option es asignada en forma
proporcional a la cantidad de indígenas que se inscriben en el (desde 2002 se
han mantenido constantes en 7), por lo que no son cupos fijos y depende de que
los indígenas realmente participen. Según ONU el mecanismo a generado criticas
porque genera una sobre-representación maori en relación a su peso demográfico.
En 2014, por ejemplo, 21 legisladores eran maories (17%) con un 15% de
población de esa etnia. Otro efecto sería que la mayoría de los escaños
maories han sido obtenidos por por partidos partidos de centroizquierda. Hasta
2005, los siete fueron del partido maori, pero luego ganaron terreno el partido
laborista y el movimiento Mana.
En el caso chileno parece interesante contar con al menos un
representante de cada pueblo originario para legitimar la multiculturalidad del
país. Pueblos como el Rapa Nui cuentan con 9399 personas según la tabla del
censo de 2017 presentada a continuación, representando un 0,055 %, existiendo
pueblos con menos población, por lo que dependiendo, de la cantidad de
escaños puede que la participación en la población de algunos no sea
proporcional a un escaño.
Estos constituyentes deben estar informados y asesorados por expertos que presenten los diversos pensamientos existentes en las diferencias materias.
Se debe abandonar la mala costumbre existente en nuestro país que no se consideran a los vecinos y comunidades, todo se resuelve en forma centralizada participando el gobierno, legisladores, empresarios y trabajadores, pero sin presencia directa de representantes de la comunidad.
Por este motivo proponemos en esta sección la creación de organizaciones de las comunidades con técnicos de las mismas comunidades, para ser contrapartes efectivas de las autoridades y servicios públicos, haciéndose cargo de proponer desde la comunidad planes de desarrollo descentralizado, como se muestra en el piloto desarrollado en Arica y Parinacota.
En general se debe desintermediar de la participación de la comunidad de representantes, aplicando nuevas tecnologías, dado que hoy existen los mecanismos para aumentar la participación ciudadana directa y también para que esta libremente determine sus representantes en diferentes materias. A modo de ejemplo, se debe aplicar con mayor frecuencia consultas como la organizada por la Asociación de Municipalidades respecto de cambios en la constitución.
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